
ANTES DE HACER EL TEST, RECUERDA QUE DEBES LLENARLO TOMANDO COMO REFERENCIA SOLO UNA EXPERIENCIA LABORAL.
ESTÁS LIBRE DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL
¡Felicitaciones! Tus relaciones laborales están libres de hostigamiento sexual laboral. El respeto y el reconocimiento de la dignidad de las personas son muy importantes para tus compañeros, compañeras y para ti, favoreciendo un ambiente laboral saludable.
El hostigamiento sexual laboral es violencia. No lo permitas, denúncialo. Tú vales.
EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL ESTÁ EMPEZANDO A MANIFESTARSE EN TUS RELACIONES LABORALES
¡Ten cuidado! Las bromas y comentarios sexuales, los apodos relacionados a tu apariencia o alguna parte de tu cuerpo que te causen incomodidad, las preguntas insistentes sobre tu vida sexual o amorosa, que te pasen fotos o memes de contenido sexual e incluso las miradas que te incomodan, son algunas manifestaciones sutiles de hostigamiento sexual laboral. Es importante que reconozcas que te encuentras en una situación de riesgo para que puedas frenarla lo antes posible. Expresa tu incomodidad, no calles.
El hostigamiento sexual laboral es violencia. No lo permitas, denúncialo. Tú vales.
TE ENCUENTRAS EN UNA SITUACIÓN DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL PELIGROSA
Parece que estás pasando por situaciones reiteradas de hostigamiento sexual. Las diversas manifestaciones del hostigamiento se están volviendo costumbre en tus relaciones laborales y su gravedad está en aumento. Busca apoyo y denuncia a las personas que te están hostigando.
El hostigamiento sexual laboral es violencia. No lo permitas, denúncialo. Tú vales.
TE ENCUENTRAS EN UNA SITUACIÓN DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL MUY PELIGROSA
La situación en la que te encuentras es muy peligrosa. Que te toquen, que te propongan un intercambio sexual por un beneficio laboral, que te obliguen a tener relaciones sexuales y que te amenacen o castiguen por no aceptarlo te ponen en una situación de alto riesgo. Es necesario que denuncies esta situación y busques apoyo en quienes confías, es posible que no seas la única persona que está pasando por esto.
El hostigamiento sexual laboral no es normal. No mereces maltratos. Tú vales.
Te enseñamos cómo puedes protegerte si estás siendo hostigada(o).
Sector privado
Si trabajas en el sector privado (o en alguna entidad pública bajo el régimen privado), puedes presentar una queja al área de Recursos Humanos consignando los siguientes datos:
Descarga aquí un modelo de queja por hostigamiento sexual en el trabajo.
El procedimiento de investigación debe durar alrededor de 26 días naturales, lo que incluye la recepción de los descargos del hostigador, así como la emisión de la decisión de la Oficina de Recursos Humanos.
Durante ese tiempo, es posible que en la empresa se disponga de medidas que permitan proteger a las víctimas, como suspender el vínculo del presunto hostigador, cambiar de puesto de trabajo a la víctima, entre otras opciones.
Finalizado el procedimiento, la Oficina de Recursos Humanos tomará una decisión sobre el caso, pudiendo sancionar al hostigador con una amonestación, suspensión o despidiéndolo.
En caso el hostigador sea la autoridad de mayor jerarquía, se puede prescindir del procedimiento de investigación.
Si es que luego de presentar tu queja, deseas que el personal del MTPE se contacte contigo para acompañarte durante el procedimiento de investigación y recordarte las opciones y herramientas con las que cuentas, llena el siguiente formulario para acceder al SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO DE VÍCTIMAS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN EL TRABAJO.
Sector público
En caso trabajes en el sector público, también puedes presentar una queja al área u oficina de Recursos Humanos de la entidad. Si bien no se ha especificado concretamente los datos que debes presentar, es recomendable que incluyas toda la información que permita identificar al presunto hostigador y las pruebas que acrediten el acto de hostigamiento sexual.
La oficina de Recursos Humanos de la entidad evaluará el caso y verá si es que se ha configurado un supuesto de hostigamiento sexual, procediendo a emitir un informe con los resultados de sus investigaciones, el cual será comunicado a las partes.
Si la oficina considera que se configuró un caso de hostigamiento sexual, derivará automáticamente la denuncia a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (PAD) de la entidad.
Si la oficina de Recursos Humanos considera que no hubo un caso de hostigamiento sexual, emitirá recomendaciones y medidas preventivas. Si la víctima no acepta las recomendaciones, el caso será derivado a la Secretaría Técnica de PAD de la entidad.
Cabe resaltar que la víctima puede acudir directamente a la referida Secretaría Técnica, presentando su denuncia por hostigamiento sexual laboral.
Una vez comunicada la Secretaría Técnica, calificará los hechos contenidos en la queja o denuncia de la víctima. Si considera que es procedente, se dará inicio al procedimiento administrativo disciplinario. De lo contrario, declarará no ha lugar el trámite de la denuncia.
El procedimiento administrativo disciplinario no puede durar más de 30 días útiles y podrá concluir con una resolución de sanción que podrá ser la suspensión, el cese temporal o la destitución del hostigador.
Para mayor detalle, puedes descargar la Guía "Trabaja Sin Acoso"
En caso trabajes en el sector privado (o en alguna entidad pública bajo el régimen privado), también puedes solicitar la intervención de la inspección del trabajo, presentando una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) o ante las Direcciones Regionales de Trabajo competente.
La inspección del trabajo verificará el cumplimiento por parte de tu empleador de las obligaciones vinculadas a las medidas de prevención y sanción contra el hostigamiento sexual laboral.
Así, la Inspección de Trabajo podrá sancionar económicamente a la empresa bien porque sus trabajadores/as de confianza o directivos/as cometen el acto de hostigamiento sexual, o bien por no adoptar medidas para prevenirlo en el lugar de trabajo o por no investigarlo cuando haya tenido conocimiento de la queja por hostigamiento sexual. Además de la sanción pecuniaria que podría imponer la Inspección del Trabajo, también puede requerir al empleador que enmiende su conducta.
Debido a la protección de las víctimas, ningún inspector del trabajo puede informar quién presentó la denuncia y los empleadores no se pueden negar a ser investigados.
Puedes ver las regiones donde actualmente opera la SUNAFIL, haciendo click en este enlace.
Recuerda que puedes hacer tu denuncia laboral ante la SUNAFIL de forma presencial (ver mayor información) o también la puedes presentar virtualmente ingresando aquí.
En caso debas presentar tu denuncia ante la Dirección Regional de Trabajo competente, aquí puedes ubicar sus datos (domicilio, números telefónicos, etc.), según la localidad donde trabajas.
Recuerda que las víctimas de hostilidad sexual en el trabajo pueden demandar judicialmente o el cese del acto de hostilidad (que se tomen medidas para ello pare o no vuelva a ocurrir) o dar por terminada la relación laboral y, así, demandar una indemnización por despido arbitrario.
Si todavía tienes dudas sobre este tema, puedes descargar la Guía ‘Trabaja Sin Acoso’ o consultar directamente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de alguna de las siguientes vías:
Enviar tus consultas virtualmente al siguiente enlace:
http://www2.trabajo.gob.pe/consultas-y-denuncias-laborales/consultas-laborales-2/
En caso trabajes en el sector público, puedes presentar tus consultas virtualmente a través del siguiente enlace:
http://consultasexternas.servir.gob.pe/CECI/faces/re gistro/registro_consulta.xhtml
Recuerda que en todos los casos se protegerá la privacidad de tus datos personales. Estamos para ayudarte.